El organizador de la pitada al himno en la Copa del Rey 2015 se ampara en la libre expresión
La fiscalía pide 14.400 euros de multa para Santiago Espot por injurias al Rey y ultraje a España.
Santiago Espot, presidente de la entidad independentista Catalunya Acció y promotor de la pitada al himno de España y al rey Felipe VI en la final de la Copa del Rey el 30 de junio de 2015, ha manifestado este martes que realizó esa protesta en ejercicio de su derecho de libertad de expresión y de opinión. Espot, empresario autónomo de 54 años, ha negado haber comprado, almacenado y transportado al Camp Nou los miles de silbatos que sirvieron para hacer más audible la pitada.
Espot, activista en favor de la lengua catalana y de la independencia desde 1988, ha sido juzgado en la Audiencia Nacional por injurias al Rey y ultraje a España, delitos por los que la fiscalía solicita para él multas por valor de 14.400 euros. Espot ha realizado su declaración, como es su derecho, en catalán. Esta decisión ha suscitado la reconvención irónica del juez José María Vázquez Honrubia: “En los vídeos he visto que habla usted castellano hasta bien y sin acento”, le ha dicho el magistrado al acusado.
Espot ya fue imputado en 2009 por una pitada similar en la final de Copa de 2009. En aquella ocasión, la causa fue archivada sin llegar a juicio a petición de la fiscalía. Su abogado, Albert Boada, ha puesto de relieve este hecho: “Si en 2009, la fiscalía entendió que [la pitada al himno y al Rey] era un ejercicio de libertad ideológica y de expresión, no entendemos cómo seis años después merece reproche penal, sin que haya mediado un cambio en el Código Penal”.
Antes de la pitada de 2015, el acusado publicó en Facebook un manifiesto llamando a la protesta. “Expresa una posición ideológica y política, sobre una protesta no incitadora de discurso del odio, basada en el independencia; no contiene ataque alguno a la persona del Rey ni injuriosa al himno, se refiere a ellos de forma respetuosa”, ha recordado el letrado Boada.
Este es el primer juicio que se celebra por unos hechos que se han repetido en otras finales de la Copa del Rey. En su escrito de acusación, la fiscal Ana Noé relata que el acusado actuó "en ejecución de un plan preconcebido" con el "firme propósito de ofender y menospreciar al Jefe del Estado español y al himno nacional, por lo que ambos representan como símbolos para los sentimientos colectivos identificados con la nación española".
Para la ejecución de su plan, prosigue el escrito, Espot publicó el 28 de mayo de 2015 en el perfil de Facebook de Catalunya Acció, un manifiesto titulado Por la pitada al himno español y al rey Felipe de Borbón.
El manifiesto señalaba que Cataluña "vive una situación política decisiva" y añadía que para llegar "a la victoria final, que no es otra que la proclamación del Estado catalán independiente", Espot planteaba añadir a los frentes "político, social, cultural o lingüístico" el de "la protesta colectiva cívica".
Centrado en ese objetivo vio la Copa del Rey de 2015 como "una ocasión inmejorable para manifestar una vez más que queremos dejar de ser súbditos del reino de España".
"Debe ser entonces cuando (...) todos los seguidores catalanes que asistan al partido (y los que no también) deben manifestar sonoramente su desacuerdo, tanto por la presencia del monarca como por el sonido de los acordes del himno español, con una sonora pitada, que sin duda acompañarán también los seguidores vascos".
A este manifiesto, según la fiscal, se adhirieron una decena de asociaciones soberanistas y el 29 de mayo todas ellas, junto a Catalunya Acció anunciaron que repartirían "miles de silbatos a los asistentes a la final" para "hacer más sonora la protesta contra la presencia del monarca español y la interpretación de la marcha real en la capital de Cataluña".
Esto desembocó en que el día de la final se produjo "una masiva y colectiva pitada" que hizo "inaudible" el himno nacional, mientras se retransmitía este acto "nacional e internacionalmente", "consiguiendo así el acusado la materialización del plan ideado".
A finales de julio, el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu, tras decretar dos veces el archivo de esta causa, dictó, obligado por la Sala de lo Penal, auto de apertura de juicio oral por estos hechos.