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Los límites de la libertad de expresión

La Audiencia absuelve a un tuitero que alabó el asesinato de Carrero Blanco

El tribunal recuerda que la democracia “no puede sofocar” mensajes de crítica aunque sean “inquietantes”

Audiencia Nacional en la calle Genova de Madrid.Foto: atlas
Fernando J. Pérez

La Audiencia Nacional ha absuelto este miércoles a Arkaitz Terrón, un bilbaíno de 30 años que entre 2011 y 2015, escribió una serie de mensajes en Twitter en los que, entre otras manifestaciones, alababa el asesinato del almirante Luis Carrero Blanco, presidente del Gobierno con el dictador Francisco Franco, un crimen perpetrado por ETA en diciembre de 1973. Terrón escribió tuits como “Juan Carlos Primero, más alto que Carrero” o “Tras conocer que el Ayuntamiento de Madrid homenajeará de nuevo a Carrero Blanco, solo puedo decir una cosa: Eskerrik Asko [gracias, en euskera], Argala”, en referencia a José Miguel Beñarán Ordeñana, el dirigente de ETA al que se atribuye la participación en el asesinato con coche bomba de Carrero.

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La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional considera que estos y otros mensajes no suponen un delito de enaltecimiento del terrorismo, ya que, según el tribunal, “no incitan, propician o alientan a la violencia terrorista, ni siquiera de manera indirecta”. Los tuits tampoco “ponen en peligro a las personas, los derechos de terceros ni al sistema de libertades”, afirma la sentencia, redactada por el magistrado progresista Ramón Sáez Valcárcel y que cuenta con un voto discrepante del presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia, Fernando Grande-Marlaska. Este magistrado sostiene que el acusado debió haber sido condenado “en su grado mínimo” por enaltecimiento.

La sentencia supone un distanciamiento claro de la doctrina fijada por el Tribunal Supremo, que condenó el pasado enero por enaltecimiento al cantante César Strawberry al no tener en cuenta el contexto humorístico en que este publicó una serie de tuits sobre el funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara, secuestrado durante 532 días por ETA, o sobre los GRAPO.

El sector mayoritario recuerda en su fallo la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la legislación europea más reciente. Las normas internacionales establecen que para castigar este tipo de conductas se exige “una incitación inminente a la violencia” y que exista una relación “directa e inmediata” entre las expresiones vertidas y la probabilidad de que produzcan violencia efectiva.

“Objetivamente esos micromensajes no enaltecen ni justifican [el terrorismo] porque no incitan o alientan ni instigan a la violencia terrorista (…) ni generan un peligro o riesgo de comisión de actos violentos, ni tampoco incrementan el que pudiera existir”, sostienen los magistrados de la mayoría –el ponente Sáez Valcárcel y la también progresista Manuela Fernández Prado-.

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La sentencia recuerda que se debe “preservar al máximo el pluralismo como valor superior del ordenamiento” y que una sociedad democrática “no puede sofocar, impedir o censurar todo tipo de mensajes de crítica o de disenso de la forma política del Estado, de la política penitenciaria o de las relacionadas con la memoria oficial sobre el pasado”. El tribunal defiende la libertad de difundir este tipo de mensajes “aunque la crítica se haya expresado en términos desabridos, acres o inquietantes”.

El acusado, desde su cuenta de Twitter, denominada @gudari75, también emitió mensajes de homenaje a personas condenadas por delitos terroristas ya en democracia. “Agur eta ohore, Arkaitz. Beti gogoan! ["Adiós y honor, Arkaitz, siempre en el recuerdo”, escribió en febrero de 2014 tras el fallecimiento en prisión de Arkaitz Bellón condenado por actos de violencia callejera. En su voto particular, Grande-Marlaska afirma: “Las muestras de cariño pueden entenderse en personas del entorno más íntimo, pero no en desconocidos y a través de redes sociales, haciendo uso de expresiones que implican (…) un reconocimiento a su trayectoria”.

Estas manifestaciones, según Grande-Marlaska, son “susceptibles de expandir, favorecer el uso de la violencia, la intimidación y el hostigamiento como instrumento político, como manifestación de la intolerancia ante el distinto ideológicamente”.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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