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El Supremo investiga a Rita Barberá por el blanqueo del PP de Valencia

El alto tribunal acepta la petición de la fiscalía y abre una causa a la senadora popular

La exalcaldesa de Valencia Rita Barberá.Vídeo: T. Ramón (Archivo) / EL PAÍS
Reyes Rincón

El Tribunal Supremo ha situado a Rita Barberá al borde de la imputación. La Sala de lo Penal ve razones para investigar a Barberá por el presunto blanqueo cometido por el PP en el Ayuntamiento de Valencia y  ha decidido abrir una causa para indagar el papel de la exalcaldesa y senadora del PP en la trama por la que ya está imputado casi todo su equipo de su etapa como regidora. El instructor de la causa será el magistrado y ex fiscal general del Estado Cándido Conde-Pumpido.

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La decisión del Supremo responde a la petición que formuló en julio la fiscalía del alto tribunal, que pidió que se abriera una causa y se nombrara un instructor para investigar a Barberá. El fiscal basó su petición en la exposición razonada enviada al Supremo en abril por el juez de Valencia que instruye el caso Taula y que no puede investigar a la senadora porque está aforada. En su escrito el instructor subrayaba sus sospechas sobre las cuentas del PP municipal y la relación de Barberá con la responsable de finanzas, Mari Carmen García-Fuster, principal imputada en la causa.

El blanqueo se investiga en una pieza separada del caso Taula en la que ya hay casi medio centenar de imputados, incluido el PP como persona jurídica. El juez investiga donaciones de 1.000 euros efectuadas por concejales y asesores del partido, a los que, presuntamente, se les devolvía esta cantidad en dos billetes de 500 euros para blanquear dinero en efectivo de supuesta procedencia ilícita.

El juez de Valencia asumió la petición de la Fiscalía Anticorrupción, que fue la primera en advertir indicios de delito en Barberá por el presunto blanqueo de capitales cometido, supuestamente, en marzo de 2015, poco antes de las elecciones municipales y autonómicas. El instructor, Víctor Gómez, apuntaba también en su escrito hacia otras donaciones presuntamente irregulares al partido en 2003 y 2011, años también de comicios locales y autonómicos.

En el auto del Supremo, del que ha sido ponente el presidente de la Sala de lo PenaI, Manuel Marchena, el tribunal destaca que, sin perjuicio de lo que pudiera resultar de la investigación, los hechos descritos por el Juzgado de Instrucción 18 de Valencia en la exposición razonada pueden ser constitutivos de un delito de blanqueo de capitales previsto y penado en los artículos 301 y siguientes del Código Penal. “Resulta, pues, imprescindible –añade el auto—continuar la investigación sobre los mismos y sobre la participación en ellos de la persona aforada doña María Rita Barberá Nolla”.

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El auto del Supremo destaca que, en la exposición razonada del juez de Valencia, se señala sobre la implicación de Barberá en los hechos lo siguiente:

- “María Rita Barberá fue una más de las personas que reconocidamente efectuaron la aportación de 1.000 euros. Resultaría incoherente la llamada al resto de los aportantes en estas actuaciones como investigados y no llevar a cabo la presente exposición respecto de la senadora aforada”.

-“María Rita Barberá ostentaba una efectiva posición como superiora jerárquica de la principal investigada, María del Carmen García Fuster, tanto por ser alcaldesa de Valencia en la fecha de los hechos investigados, como por ser la máxima responsable del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Valencia, existiendo, además, una relación personal de estrecha confianza entre la aforada y la principal investigada, que desempeñaba las mismas funciones y atribuciones dentro del Grupo desde el año 1991 en que fue designada aquélla”.

- “Las alegaciones efectuadas por la aforada, no introducen en su relato hechos que, en relación y contraste con el resultado de lo instruido, permitan atribuir a los mismos una relevancia excluyente de su posible implicación, a los efectos de elevar al Tribunal Supremo esta exposición”.

- “Debe significarse sin embargo que, en sus declaraciones, ni las investigadas que han reconocido la recepción del dinero tras efectuar la aportación, ni los cuatro testigos que se negaron a efectuarla, testimonian una participación concreta, personal, de la aforada María Rita Barberá en la entrega del dinero, ni en la propuesta o indicación para que dicha entrega se llevara a cabo o se aceptara”.

Con estos indicios y otras diligencias que pueda practicar, el magistrado Conde-Pumpido podría en las próximas semanas llamar a declarar a Barberá como investigada (la nueva denominación de imputada).

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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